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DOMO TÉRMICO DE COSTA RICA

Áreas fuera de las jurisdicciones nacionales

Las áreas fuera de las jurisdicciones nacionales (AFJN) son aquellas que se encuentran más allá de las 200 millas náuticas de la zona económica exclusiva de los Estados, comprendiendo tanto la columna de agua como los fondos marinos.

Representan casi la mitad de la superficie de nuestro planeta, pero menos del 1% de estas áreas se encuentran bajo algún tipo de protección. Además, nos suministran más de la mitad del oxígeno que respiramos; y adicionalmente absorben millones de toneladas de dióxido de carbono.

Áreas fuera de las jurisdicciones nacionales1.

En relación al marco jurídico que las regula, la Convención de Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) establece un régimen normativo general aplicable a estas áreas (Partes VII y XI). Sin embargo, debido al constante avance tecnológico, se han superado las limitaciones del pasado y actualmente se tiene acceso a la gran mayoría del océano, encontrándose las AFJN cada día más expuestas a la explotación de sus recursos.

En este contexto, y en el marco de Naciones Unidas, los Estados han acordado iniciar un proceso de negociación en los próximos años para desarrollar un nuevo Acuerdo Internacional dirigido a la conservación y uso sostenible de la biodiversidad en dichas áreas.

Este proceso representa una valiosa oportunidad para crear un régimen global e integral que aborde temas como el acceso a recursos genéticos marinos y distribución de beneficios, herramientas de gestión espacial y áreas marinas protegidas, evaluaciones de impacto ambiental, construcción de capacidades y transferencia de tecnologías, entre otros elementos atinentes a la biodiversidad en dichas áreas.

Actualmente existen ejemplos alrededor del mundo donde esquemas regionales conformados por un grupo de Estados han impulsado iniciativas de conservación y manejo en áreas fuera de sus jurisdicciones, tales como la Convención para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico Noreste (Convención OSPAR) y la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCAMLR, por sus siglas en inglés).

Estos ejemplos, y otras iniciativas que se están gestando como la relacionada al Mar de Sargazo o el Domo Térmico de Costa Rica, encontrarán sustento jurídico en el nuevo Instrumento Internacional que se estará negociando en el seno de Naciones Unidas durante los próximos años.

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1. http://theterramarproject.org

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