La pesca responsable consiste en extraer recursos pesqueros de manera que se genere el menor impacto posible en el mar y las especies. La pesca responsable implica:
Utilizar técnicas de pesca que reduzcan la captura de especies no deseadas y peces que no son adultos (no han llegado a su talla mínima de madurez)
Capturar especies que no están en peligro de extinción
Respetar las tallas mínimas de madurez de las especies
Respetar las vedas y las zonas protegidas o con restricciones de pesca
Realizar una adecuada manipulación del producto pesquero
Adoptar un programa de trazabilidad del producto pesquero
El derecho a pescar lleva consigo la obligación de hacerlo de forma responsable a fin de asegurar la conservación y la gestión efectiva de los recursos acuáticos vivos.
Es la práctica de consumo de productos pesqueros de manera que tenga el menor impacto negativo posible en el mar y la sociedad, incentivando opciones que promuevan una pesca y comercialización responsable.
La pesquería es el conjunto de actividades relacionadas con la pesca o captura de recursos pesqueros. Existen diversas actividades relacionadas con la pesquería, desde los equipos y embarcaciones utilizadas en la captura, su almacenaje, manejo hacia muelles y contenedores, almacenamiento en tierra, procesamiento de los productos, embalaje, hasta finalmente el consumo.
La FAO es la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura. Su principal objetivo consiste en mejorar la nutrición, aumentar la productividad agrícola, elevar el nivel de vida de la población rural y contribuir al crecimiento de la economía mundial.
Entre los ocho departamentos que componen la FAO existe un departamento dedicado a la pesca y acuicultura y el cual formuló un Código Internacional de Conducta para la Pesca Responsable no obligatorio, el cual establece principios y normas aplicables a la conservación, ordenación y desarrollo de todas las pesquerías. Además de este código, la FAO aporta información y documentos y es partícipe en la toma de decisiones relacionadas a las pesquerías.
En Colombia:
Actualmente la AUNAP (Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca) es la autoridad que está a cargo de los procesos de planificación, investigación, ordenamiento, fomento, regulación, registro, información, inspección, vigilancia y control de las actividades de pesca y acuicultura, aplicando las sanciones a que haya lugar, dentro de una política de fomento y desarrollo sostenible de los recursos pesqueros.
En Panamá:
La Autoridad de Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), creada mediante la Ley 44 de 23 de noviembre de 2006, es la entidad responsable de asegurar el cumplimiento y la aplicación de las leyes y los reglamentos en materia de recursos acuáticos y de las políticas nacionales de pesca y acuicultura, en coordinación con el Ministerio de Ambiente, actual ente responsable de velar por la protección de los recursos hidrobiológicos y su ordenamiento acorde con la Ley Nº 8 del 25 de marzo de 2015.
En Costa Rica:
En Costa Rica, la autoridad en la materia es el Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca), quien administra, regula y promueve el desarrollo del sector pesquero, la maricultura y la acuicultura en las aguas continentales del país. El Instituto se crea mediante la Ley 7384 publicada el 29 de marzo de 1994
La sobrepesca es extraer recursos pesqueros (peces y mariscos) en cantidades excesivas más rápidamente de lo que son capaces de reproducirse, provocando que las especies no puedan reestablecer sus poblaciones. Al 2012, un 57% de las poblaciones de peces marinos a nivel mundial están en el punto máximo de extracción que puede soportar una pesquería y 30% está sobreexplotado.
Si se quiere disponer de pescado suficiente para las generaciones actuales y futuras, es preciso que todos los que intervienen en el sector pesquero contribuyan a la conservación y ordenación de la pesca mundial.
La acuicultura consiste en el cultivo (plantas acuáticas) o cría (peces, crustáceos, moluscos, etc.) en ambientes acuáticos naturales o artificiales a fin de obtener una producción más abundante para consumo local o para fines comerciales. Posiblemente es el sector de producción de alimentos de crecimiento más acelerado, hoy representa casi el 50% de los productos pesqueros mundiales destinados a la alimentación.
Los artes de pesca son el conjunto de materiales e implementos que utilizan los pescadores tanto artesanales como industriales para capturar y extraer recursos marinos. Los artes de pesca están hechos en su mayoría con cuerdas de nylon, redes y anzuelos, entre otros y son utilizados dependiendo del lugar y especies que se quieran capturar.
Existen artes de pesca pasivos y activos dependiendo de la técnica de captura. Los artes pasivos se basan en el movimiento de la especie objetivo de la pesca hacia el arte, mientras que los artes activos por lo general involucran una persecución dirigida a la especie objetivo de la pesca.
El grado de selectividad de un arte de pesca se mide en función a su capacidad de capturar las tallas y especies objetivo, reduciendo el impacto sobre especies no deseadas, juveniles y los hábitats marinos.
La talla de primera madurez es el tamaño en el que el pez ha alcanzado su madurez sexual y se ha reproducido al menos una vez. Cada especie tiene su propia talla de madurez, y conocerlas y respetarlas es un criterio básico para la conservación de las especies.
La veda es un tiempo en el que está prohibida la pesca de una especie determinada o dentro de un área delimitada. Su objetivo es proteger a las especies durante épocas importantes de reproducción o migración.
Vedas en Colombia
Camarón | Resolución 3063 de 2011, INCODER, establece una veda para Camarón de Aguas Someras (CAS) y Camarón de Aguas Profundas (CAP), en el océano Pacífico colombiano, como medida de ordenamiento, control y vigilancia del 1° de enero al 28 de febrero de cada añ;o. |
Tiburones, rayas y quimeras. | Resolución 744 de 2012, AUNAP, prohíbe la captura dirigida a tiburones, rayas y quimeras en el territorio nacional marino costero. Resolución 000190 de 2013, AUNAP, D.O 48.716 de 2013, establece que para el Pacífico Colombiano, la captura incidental de tiburones en la pesca industrial no debe sobrepasar el 66% de la captura total en un viaje de pesca entre el 1° de mayo y 31 de octubre de cada año. |
Carduma (Centengraulis mysticetus) | Resolución 0138/1992, Ministerio de agricultura y Desarrollo Rural, establece una veda de esta especie del 01 de octubre al 31 de diciembre de todos los años, con el fin de proteger la especie. |
Atún y especies afines | Resolución 00787 de 2013; AUNAP, establece una veda en el 2013 de 62 días para todas las embarcaciones atuneras cuya capacidad de acarreo sea superior a las 182 toneladas métricas, que pesquen atunes aleta amarilla, barrilete, patudo y especies afines en el océano pacífico oriental. Resolución 0089 de 2013, AUNAP, prohíbe la pesca industrial de atún dentro de la ZEMP (Zona Especial de Manejo Pesquero)con embarcaciones de cerco con capacidad igual o mayor a ciento ocho toneladas de registro neto y la pesca industrial de atún con palangre o long-line dentro de la ZEMP a embarcaciones con eslora mayor o igual a 24 metros. |
Vedas en Panamá
Camarón | En Panamá la veda para el camarón tiene dos periodos: 1 febrero a 11 de abril y 1 de septiembre a 11 de octubre. |
Atunes | Se prohíbe la pesca de atunes con redes de cerco en las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá. Pesqueras de bandera panameña de cuatrocientos cuarenta (440) toneladas o más que operaran en aguas territoriales panameñas y en el Pacífico Oriental Tropical [Decreto Ejecutivo 111 de 15 de octubre de 1990, modificado parcialmente por el Decreto 7 de 10 de febrero de 1992 y el Decreto Ejecutivo 70 de 20 de octubre de 1992. En Bahía Piña, en un radio de 20 millas, tomando como epicentro Punta Piña en Darién, la pesca de atunes solo estará permitida para la pesca deportiva. |
Pargos | – Se reserva la pesca de pargo sólo para naves de navegación costera entre puertos panameños prohibiéndose el uso de redes agalleras o trasmallos [Decreto Ejecutivo 49 de 20 de julio de 1992. |
Tiburones | Se prohíbe la práctica del aleteo de tiburones. En toda actividad de pesca que se capture especies de tiburón, de forma dirigida o incidental, deberá mantenerse a bordo de las embarcaciones todos los ejemplares para que sean verificados en puerto del aprovechamiento integral del recurso [ley 9 de 16 de marzo de 2006. En Bahía Piña, en un radio de 20 millas, tomando como epicentro Punta Piña en Darién, la pesca del tiburón solo estará permitida para la pesca deportiva [Decreto Ejecutivo 1-B de 28 de enero de 1994. |
Langosta del Caribe | La misma tiene una veda que va del 1ro de marzo al 30 de junio. En áreas de la Comarca Ngäbe Bugle va del 1ro de mayo al 30 de agosto. |
Langosta del Pacífico | Tiene una veda que solo aplica al Archipiélago de las Perlas y va del 1ro de diciembre al 15 de abril. |
Vedas en Costa Rica
Langosta del Caribe (Panulirus argus) | Especie vedada todos los años del 1ero de marzo al 30 de junio (Reglamento OSPESCA #OSP-02-09 para el Ordenamiento Regional de la Pesquería de la Langosta del Caribe). |
Chucheca (Grandiarca grandis) y cambute (Strombus galeatus y Melongena patula) | Se prohíbe permanentemente la captura, extracción dirigida y comercialización de toda especie de Cambute. Se veda también la captura de chucheca en toda la zona costanera del Pacífico costarricense e islas adyacentes a fin de permitir la recuperación poblacional de esta especie. |
Golfo de Nicoya | Zona que se veda temporalmente todos los años según lo establezca el INCOPESCA. |
Un Área Marina Protegida (AMP), es toda área geográfica marina que, con el propósito de conservar la biodiversidad o para llevar a cabo la ordenación pesquera, es objeto de un nivel de protección.
Una especie amenazada es cualquier especie que se encuentra susceptible a extinguirse en un futuro próximo. Hay diferentes fuentes que aportan argumentación científica para definir el grado de amenaza. Fundación MarViva toma como referencia publicaciones científicas actualizadas en el tema y entes de investigación como la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) y bases de datos pesqueros como Fishbase (www.fishbase.org).